La Dirección General de Transporte (DGT) recordó a la población el Acuerdo Ministerial 247-2022, el cual detalla la restricción para el servicio de carga pesada durante Semana Santa.
Este acuerdo ministerial estará vigente del miércoles 13 de abril a las 12:00 horas al domingo 17 de abril a las 24:00 horas.
Las restricciones exceptúan al transporte de carga pesada de productos perecederos, combustibles, bebidas, alimentos y grúas, por ser equipo de servicio.
Este sector podrá circular sin ningún permiso especial, pero únicamente entre estas rutas:
Del kilómetro 290 Carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
Del kilómetro 80 Carretera CA-09-SUR-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 carretera CA-09-SUR.
En caso de que no se cumpla la disposición contenida en el presente acuerdo, será sancionado de conformidad con las leyes vigentes.
Minimizar accidentes
Por su parte, las autoridades han respaldado la decisión de restringir la movilización del transporte pesado durante Semana Santa para prevenir accidentes de tránsito.
A partir del miércoles 13 de abril, son muchas las familias guatemaltecas que viajan al interior del país para pasar los días de descanso con sus conocidos de otros departamentos, o bien realizan el viaje para disfrutar de las reservas naturales que tiene el país, aseguraron.
Son días de bastante movilización vehicular y es importante que los conductores sean responsables y no consuman bebidas alcohólicas o sustancias adictivas que puedan afectar sus sentidos y ocasionar accidentes que atenten contra la vida de las demás personas, finalizaron. AGN #Transporte.