El Ministerio de Gobernación advirtió hoy que serán sancionados los ciudadanos que se conduzcan en vehículos con placas de circulación alteradas.
La institución, a través de un comunicado, manifestó: “Todas las personas que se encuentren alterando placas de circulación serán puestas a disposición de los órganos jurisdiccionales competentes”.
En el documento resalta el artículo 330 del Código Penal Decreto 17-73, en donde especifica que “quien falsificare placas u otro distintivo para vehículos, que las autoridades acuerden para estos, o alterare los verdaderos, será sancionado con prisión de uno a tres años”.
El presidente Alejandro Giammattei anunció las nuevas disposiciones para los próximos 15 días, en las que determinó que los martes 16, jueves 18, sábado 20, lunes 22, miércoles 24 y viernes 26 podrán circular los vehículos con placas particulares con terminación par, es decir, 0, 2, 4, 6 y 8.
Mientras que miércoles 17, viernes 19, martes 23, jueves 25 y sábado 27, circularán placas particulares impares, quiere decir, los que terminen en 1, 3, 5, 7 y 9.
Multa
Ante el incumplimiento de esto “será sancionado con 500 quetzales de multa, conforme el Reglamento de Tránsito, Acuerdo Gubernativo 273-98, artículo 184, numeral 3”, aseguró la cartera del interior.
Estas disposiciones fueron declaradas para los departamentos de Guatemala, San Marcos, El Progreso y Sacatepéquez. Con información de la AGN del gobierno. #Coronavirus.