El Gobierno de la República publicó este martes en el Diario de Centro América el Decreto Gubernativo 11-2021, por medio del cual declara estado de sitio en los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán, según se acordó este lunes por el Consejo de Ministros.
El artículo 2 del acuerdo señala que el estado de sitio se establece en los municipios citados en vista de que en estos ha ocurrido una serie de acciones que afectan el orden, la gobernabilidad y la seguridad de los habitantes en virtud de ataques contra particulares derivados de la disputa de territorio y otro tipo de conflictos relacionados.
Además, señala que lo anterior afecta a personas, familias y la comunidad, lo cual pone en riesgo la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral y patrimonial de los habitantes de esos municipios.
En tal sentido, para evitar ulteriores consecuencias es necesario implementar, con carácter urgente, todas las medidas oportunas a efecto de establecer la seguridad y la vida de los habitantes y autoridades de esos municipios.
De acuerdo con el artículo 3, el estado de excepción regirá durante 30 días a partir de la vigencia del decreto.
Garantías que se restringen
El artículo 4 se refiere a las garantías constitucionales que se restringen en los municipios donde rige el estado de sitio. Estas son:
- libertad de acción
- detención legal
- interrogatorio de detenidos
- derecho de reunión y manifestación (primer párrafo del artículo 33 de la Constitución
- tenencia y portación de armas (segundo párrafo del artículo 38)
- libertad de locomoción (entre las 18 horas y las 6 horas del día siguiente)
De acuerdo con el artículo 5 del decreto, la autoridad en esos municipios la ejercerá el Presidente de la República, en su calidad de comandante general del Ejército. Esto lo hará por medio del ministro de la Defensa, quien actuará en coordinación con el ministro de Gobernación.
En el artículo 7 del decreto, el Gobierno convoca al Congreso de la Reública “para que, en un plazo de tres días conozca, ratifique, modifique o impruebe” el decreto que establece el estado de sitio.
Aparte, en el artículo 9 se instruye a la Academia de Lenguas Mayas para que, de manera inmediata, traduzca esta disposición en idioma quiché, que corresponde a los municipios en cuestión. Además, para que se comunique y publique el acuerdo en el territorio donde se declaró el estado de excepción. Esto será responsabilidad de las autoridades municipales y comunitarias, con el apoyo de los medios de comunicación locales.
Para concluir, el artículo 10 señala que el citado decreto entra en vigor de inmediato y se debe publicar en el diario oficial.
Gobierno rechaza conflictividad registrada en Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán
Hechos recientes
Esta decisión del Gobierno ocurre luego de que el pasado viernes murieran 13 personas, entre ellas mujeres y niños, en un enfrentamiento armado.
Este hecho de violencia se atribuye a las disputas limítrofes que durante años han enfrentado a las poblaciones de ambos municipios.
Entretanto, luego de que este lunes se conoció la decisión del Gobierno respecto del estado de excepción, la Comisión Permanente del Congreso convocó a sesión para este martes, a efecto de conocer el citado decreto.
El Gobierno de la República publicó este martes en el Diario de Centro América el Decreto Gubernativo 11-2021, por medio del cual declara estado de sitio en los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán, según se acordó este lunes por el Consejo de Ministros.
El artículo 2 del acuerdo señala que el estado de sitio se establece en los municipios citados en vista de que en estos ha ocurrido una serie de acciones que afectan el orden, la gobernabilidad y la seguridad de los habitantes en virtud de ataques contra particulares derivados de la disputa de territorio y otro tipo de conflictos relacionados.
Además, señala que lo anterior afecta a personas, familias y la comunidad, lo cual pone en riesgo la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral y patrimonial de los habitantes de esos municipios.
En tal sentido, para evitar ulteriores consecuencias es necesario implementar, con carácter urgente, todas las medidas oportunas a efecto de establecer la seguridad y la vida de los habitantes y autoridades de esos municipios.
De acuerdo con el artículo 3, el estado de excepción regirá durante 30 días a partir de la vigencia del decreto.
Garantías que se restringen
El artículo 4 se refiere a las garantías constitucionales que se restringen en los municipios donde rige el estado de sitio. Estas son:
- libertad de acción
- detención legal
- interrogatorio de detenidos
- derecho de reunión y manifestación (primer párrafo del artículo 33 de la Constitución
- tenencia y portación de armas (segundo párrafo del artículo 38)
- libertad de locomoción (entre las 18 horas y las 6 horas del día siguiente)
De acuerdo con el artículo 5 del decreto, la autoridad en esos municipios la ejercerá el Presidente de la República, en su calidad de comandante general del Ejército. Esto lo hará por medio del ministro de la Defensa, quien actuará en coordinación con el ministro de Gobernación.
En el artículo 7 del decreto, el Gobierno convoca al Congreso de la Reública “para que, en un plazo de tres días conozca, ratifique, modifique o impruebe” el decreto que establece el estado de sitio.
Aparte, en el artículo 9 se instruye a la Academia de Lenguas Mayas para que, de manera inmediata, traduzca esta disposición en idioma quiché, que corresponde a los municipios en cuestión. Además, para que se comunique y publique el acuerdo en el territorio donde se declaró el estado de excepción. Esto será responsabilidad de las autoridades municipales y comunitarias, con el apoyo de los medios de comunicación locales.
Para concluir, el artículo 10 señala que el citado decreto entra en vigor de inmediato y se debe publicar en el diario oficial.
Gobierno rechaza conflictividad registrada en Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán
Hechos recientes
Esta decisión del Gobierno ocurre luego de que el pasado viernes murieran 13 personas, entre ellas mujeres y niños, en un enfrentamiento armado.
Este hecho de violencia se atribuye a las disputas limítrofes que durante años han enfrentado a las poblaciones de ambos municipios.
Entretanto, luego de que este lunes se conoció la decisión del Gobierno respecto del estado de excepción, la Comisión Permanente del Congreso convocó a sesión para este martes, a efecto de conocer el citado decreto. AGN # Estado de excepción.