Estas son las multas por infringir la ley seca

Desde este 1 de octubre entran en vigor las modificaciones a la ley seca, la cual será de lunes a domingo de las 21 a las 6 horas.

Los establecimientos comerciales abiertos al público como discotecas, comedores, centros nocturnos, discotecas, bares, cantinas, hoteles, moteles, pensiones, supermercados, automercados y abarroterías deberán cumplir con estas disposiciones.

 

Multas

Ante ello, las autoridades gubernamentales destacaron que a los comercios que no acaten estas medidas se  les impondrán multas de hasta 100 mil quetzales.

Asimismo, se establece que las personas que sean sorprendidas consumiendo licor en horarios prohibidos recibirán una multa de 5 mil quetzales.

“Se implementará la ley seca como está establecida en el Acuerdo Gubernativo 151-2020, que señala que está prohibido el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o su consumo en lugares públicos”, expresó Edwin Asturias, comisionado presidencial de Atención a la Emergencia Covid-19 (Coprecovid).

Fin de año

Sin embargo, se destacó que los establecimientos mencionados sí podrán vender licores en esos horarios durante las fiestas de fin de año, es decir, 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero.

 

Supervisiones

En tanto la ministra de Salud Pública y Asistencia Social, Amelia Flores, informó que mañana se iniciará una serie de supervisiones en coordinación con el Ministerio de Trabajo, para verificar que se cumpla con las nuevas disposiciones.

“Se estarán realizando supervisiones en bares y lugares de recreación a partir del aforo que se está haciendo a nivel nacional, en coordinación con entidades como el Ministerio de Trabajo, alcaldes, gobernadores entre otros sectores”, dijo.

Recomendaciones

Por otra parte, las autoridades reiteraron a la población guatemalteca la importancia de mantener las medidas de prevención para evitar más contagios de coronavirus (COVID-19).