Aprueban reformas al Código Penal para protección de niñez y adolescencia

Por medio del Decreto 11-2022 el Congreso reformó el Código Penal con el objetivo de proteger la niñez y la adolescencia.

El decreto aprueba la reforma al artículo 190 del Código Penal, el cual agrega el delito de seducción por medios digitales a niños, niñas o adolescentes.

En ese sentido, se detalló que comete este delito quien a través de medios tecnológicos engaña, presiona, amenaza o contacta a un menor de edad para que este le envíe material con contenido sexual o pornográfico. El contenido incluye imágenes, videos, textos o audios y quienes incurran en este delito serán sancionados con prisión de entre 6 y 8 años.

 

Hacen llamado para el uso responsable, respetuoso y seguro del internet

Chantaje sexual

Además, se adicionó el delito de chantaje sexual por medios tecnológicos a niños, niñas y adolescentes.

Este delito se define como el uso de medios tecnológicos para amenazar con publicar o difundir material con contenido sexual o pornográfico de un niño, niña o adolescente. En estos casos, la pena será de entre 6 y 12 años de prisión.

En este caso se considera víctimas a todas las personas menores de 14 años o quienes tengan una incapacidad cognitiva o volitiva.

 

Penas accesorias

Por otro lado, una de las reformas incluye las penas accesorias, las cuales establecen que a quienes cometan cualquiera de estos delitos se les prohibirá la contratación de servicios de internet.

También se les incautarán los dispositivos electrónicos utilizados en la comisión del delito. AGN #Código Niñez.