El Congreso de la República publicó en el Diario de Centro América el Decreto 45-2022, que oficializa la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano.
Por su parte, las autoridades resaltaron que esta ley tiene como objetivo beneficiar a la población guatemalteca que consume dicho producto.
En ese sentido, los consumidores recibirán el descuento establecido por dos meses más a partir de este día. Para ello, el apoyo social se otorgará de la siguiente manera:
- 8 quetzales de descuento aplicable al cilindro de gas de 10 libras
- 16 quetzales para el de 20 libras
- 20 quetzales para el de 25 libras
- 28 quetzales para el de 35 libras
Para su debida implementación, el Ministerio de Energía y Minas, en conjunto con el Ministerio de Economía (Mineco), serán los encargados de velar por el cumplimiento de los derechos de los consumidores.
#GuateCrece | Este lunes fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto 45-2022 Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano.#JuntosVamosPorMás#AccionesQueTransforman🇬🇹 pic.twitter.com/RfgWqKNNnT
— Ministerio de Energía y Minas de Guatemala (@MEMguatemala) September 19, 2022
Iniciativa del Ejecutivo
La Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano es una iniciativa presentada por el Ejecutivo al Congreso de la República el 17 de noviembre de 2021.
A partir de esa fecha, el Gobierno de Guatemala ha fortalecido esfuerzos para garantizar que la economía de los guatemaltecos no se vea afectada ante el incremento del precio de ese producto.
Con la aprobación del Decreto 45-2022 el cilindro de gas tendrá un descuento directo por dos meses.
Aquí te compartimos más de los beneficios.👇
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🏦#IXLegislatura pic.twitter.com/tWG68ff7VP— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) September 17, 2022
Mecanismos de vigilancia y corrección
Para su verificación, las autoridades informaron que la disminución del monto correspondiente deberá aparecer reflejada en la factura electrónica que emitan los envasadores del gas propano, por medio del régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
Sobre todo, informaron que para los efectos de lo previsto en la presente ley, no se aceptarán las facturas electrónicas emitidas a favor de consumidor final (CF), por lo que deberá consignarse el número de identificación tributaria (NIT).
Finalmente, destacaron que se cuenta con mecanismos de vigilancia y corrección para la adecuada implementación de este apoyo social temporal. AGN #Gas propano.-