Una restricción de circulación del transporte de carga pesada durante el fin de año se autorizó este martes por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).
La restricción se publicó en el Diario de Centro América bajo el Acuerdo Ministerial 1603-2020, que entra en vigencia este día.
El artículo 1 del acuerdo establece que se restringe la circulación del transporte de carga pesada en todo el territorio nacional desde el 24 de diciembre a las 12:00 horas hasta el 25 de diciembre a las 24:00 horas.
Asimismo, la restricción estará vigente desde las 12:00 horas del 31 de diciembre hasta las 24:00 horas del 1 de enero.
De igual manera, se explica que la restricción no aplica para las unidades de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos.
Circulación de transporte de carga
Por otro lado, el acuerdo que se emitió establece que el transporte de carga podrá circular únicamente de la siguiente manera:
- del kilómetro 290 de la CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N
- del kilómetro 80 de la CA-09-SUR-A a las instalaciones del puerto Quetzal, al kilómetro 104 de la CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 de la CA-09-SUR
Las unidades de transporte que infrinjan la disposición que se aprobó serán sancionados conforme con las leyes vigentes. Con información de la AGN #Transporte.