Las curules del Congreso no podrán incrementarse más

Desde 1986, cuando comienza en el país la llamada era democrática, hasta la actualidad, la cantidad de diputados en el Congreso de la República ha variado, cumpliéndose así lo estipulado en el Ley Electoral y de Partidos Políticos, la cual establecía que el número de diputados debía aumentar de acuerdo al número de habitantes en el país.

De esa cuenta, en la primera legislatura el número de congresistas se situó en 100, mientras que en la legislatura de 1,991 a 1,993, el número de congresistas ya alcanzaba los 116, debido a los efectos de la mencionada ley.

Una cantidad que no será modificada

Cuando ejercían el cargo los diputados que conformaron la V Legislatura, el número de representantes en el Hemiciclo Parlamentario alcanzó la cifra de 158, misma que perderá vigencia este 14 de  enero, cuando asuman el cargo los integrantes de la IX. Legislatura.

Lo anterior porque en el año 2016, el  Pleno del Congreso aprobó el Decreto 26-2016, el cual reformaba el artículo 205, de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, reforma que establece que a partir de este 14 de enero, el número de diputados debe ascender a 160, cifra que ya no podrá variarse ni incrementarse según el número de habitantes.

La IX Legislatura entonces, estará integrada por 160 diputados,  con el fin de que la población tenga una justa representación y evitar el incremento de congresistas según el número de habitantes.

La reforma aumenta un diputado por lista nacional, siendo 32 los representantes, mismos que constituyen el 25 por ciento del número total de congresistas. Se le otorga uno más al Progreso para ser 128 los representantes distritales, así es como será integrada la IX Legislatura con 160 diputados. Con información de Sala de Prensa del Congreso de la República.